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t o g u d e d t e o d e c r m n e o o i y m VISTOS: a d u o o g El Memorando N° D000719-2025-OECE-DTN de la Dirección Tecnico a a Normativa; el Informe N° D000394-2025-OECE-SDDC de la Subdirección de Desarrollo e m de Capacidades; el Memorando N° D001105-2025-OECE-OPPM de la Oficina de a n ) e Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000266-2025-OECE- r n UMOD de la Unidad de Modernización; la Opinión N° D000085-2025-OECE-UPP de la m l s m Unidad de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° D000261-2025-OECE-OAJ de p c la Oficina de Asesoría Jurídica; y, e o e e s a CONSIDERANDO: r e e N Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de f 2 a 2 Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las a 9 Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado e L adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho : y h e público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, s i funcional, económica y financiera; / m p s s C Que, el li...
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t o g u d e d t e o d e c r m n e o o i y m VISTOS: a d u o o g El Memorando N° D000719-2025-OECE-DTN de la Dirección Tecnico a a Normativa; el Informe N° D000394-2025-OECE-SDDC de la Subdirección de Desarrollo e m de Capacidades; el Memorando N° D001105-2025-OECE-OPPM de la Oficina de a n ) e Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000266-2025-OECE- r n UMOD de la Unidad de Modernización; la Opinión N° D000085-2025-OECE-UPP de la m l s m Unidad de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° D000261-2025-OECE-OAJ de p c la Oficina de Asesoría Jurídica; y, e o e e s a CONSIDERANDO: r e e N Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de f 2 a 2 Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las a 9 Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado e L adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho : y h e público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, s i funcional, económica y financiera; / m p s s C Que, el literal f) del párrafo 25.1 del artículo 25 de la citada Ley establece que r r los compradores públicos son los funcionarios y servidores de la dependencia m f p a encargada de las contrataciones, siendo responsables de realizar las actividades u o relativas a la gestión de las contrataciones de la entidad contratante, las cuales incluyen g D la organización, elaboración de la documentación y conducción del proceso de b g e a contratación, así como el seguimiento de la ejecución del contrato y su conclusión; w s b s Que, en la misma línea, el párrafo 15.1 y 15.2 del artículo 15 del Reglamento de v R i g la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto a m Supremo N° 009-2025-EF, establece, entre otros aspectos, que los compradores o e x t públicos son los funcionarios y servidores de la Dependencia encargada de las m y contrataciones que intervienen en el proceso de contratación de bienes, servicios y l m obras, formando parte de los responsables de la cadena de abastecimiento público, y d i se encuentran sujetos a las disposiciones que emita la Dirección General de t Abastecimiento para su profesionalización, y la Autoridad Nacional del Servicio Civil en r el marco de sus competencias; s L a Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: O0VZZDW Que, el artículo 16 del citado Reglamento establece, entre otros aspectos, que los compradores públicos cuentan como mínimo con título profesional técnico o bachiller i D universitario y deben encontrarse certificados por el OECE; la certificación considera los t o niveles básico, intermedio y avanzado, cuyo procedimiento de certificación se realiza a r m a e través del Sistema Informático de Certificación de Acuerdo a Niveles (SICAN), el cual d t forma parte de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop), e e asimismo, señala que la autoridad de la gestión administrativa verifica que los d c c r servidores de la Dependencia encargada de las contrataciones se encuentren m n certificados como compradores públicos conforme al nivel que corresponda a las n o actividades que realiza; o r l a a o Que, los párrafos 17.1 y 17.2 del citado Reglamento disponen que el OECE t d gestiona y publica el registro de compradores públicos, el cual incluye a todos los r i d l funcionarios y servidores que cuenten con la certificación vigente, así como el nivel e e alcanzado, asimismo, se encuentra la información referida al histórico de los procesos ( t de contratación en los que han participado como evaluadores o como parte de la f e m n Dependencia encargada de las contrataciones, así como la fase correspondiente a su a m participación; ) a u o d d Que, mediante Memorando N° D000719-2025-OECE-DTN, que adjunta el n l Informe N° D000394-2025-OECE-SDDC de la Subdirección de Desarrollo de e L Capacidades, la Dirección Técnica Normativa propone y sustenta la implementación v y r ° progresiva, en un plazo estimado de ciento ochenta (180) días calendario, o un plazo c 7 adicional excepcional de requerirse este, del Registro de Compradores Públicos del d 6 s , Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), en el n e marco de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de h d Contrataciones Públicas Eficientes, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, el p F : m cual tiene como objetivo contar con una herramienta que muestre información a a relacionada a los compradores públicos certificados a fin facilitar la verificación por parte p y de la autoridad de gestión administrativa de las entidades contratantes, conforme al f e m i numeral 16.5 del artículo 16 del Reglamento, asegurando que el personal de la DEC p c esté debidamente calificado y certificado como compradores públicos conforme al nivel r d que corresponda a las actividades que realiza, promoviendo la transparencia y la g s b i rendición de cuentas, permitiendo a los actores del sistema y a la ciudadanía en general p t conocer la experiencia y participación histórica de los compradores públicos, lo cual / e coadyuva a la prevención de conflictos de interés; e , / u l e Que, mediante el Memorando N° D001105-2025-OECE-OPPM, que adjunta el a a Informe N° D000266-2025-OECE-UMOD y la Opinión N° D000085-2025-OECE-UPP o m x n de la Unidad de Modernización y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, t o respectivamente, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el l m o marco de sus competencias, emite opinión técnica favorable a la propuesta de f implementación progresiva del Registro de Compradores Públicos del Organismo a Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE); r s L a Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: O0VZZDW Que, mediante Informe N° D000261-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable que se continúe con el trámite para la implementación progresiva del Registro de Compradores Públicos del Organismo i D Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), por encontrase t o conforme a la normativa vigente; r m a e d t Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Texto Integrado del e e Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado por Resolución de d c c r Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE-PRE, la Presidencia Ejecutiva es la m n máxima autoridad ejecutiva del OECE, quien conduce y supervisa el funcionamiento de n o la entidad, es titular del pliego y representante legal del Organismo Especializado para o r l a las Contrataciones Públicas Eficientes, teniendo como una de sus funciones el expedir a o Resoluciones de Presidencia Ejecutiva sobre asuntos de su competencia; t d r i d l Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente con e e la finalidad de disponer la implementación progresiva del Registro de Compradores ( t Públicos, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General f e m n de Contrataciones Públicas Eficientes, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025- a m EF; ) a u o d d Con las visaciones de la Gerenta General, de la Directora de la Dirección n l Técnico Normativa, del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y e L Modernización, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; v y r ° c 7 De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de d 6 s , Contrataciones Públicas, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025- n e EF; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, h d aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE-PRE; p F : m a a SE RESUELVE: p y f e m i Artículo 1.- Disponer la implementación progresiva del Registro de p c Compradores Públicos a cargo del Organismo Especializado para las Contrataciones r d Públicas Eficientes (OECE), sobre la base del Sistema Informático de Certificación de g s b i Acuerdo a Niveles (SICAN), que forma parte de la Plataforma Digital para las p t Contrataciones Públicas (Pladicop), el cual tiene como finalidad incluir a todos los / e funcionarios y servidores que cuenten con la certificación vigente, así como el nivel e , / u alcanzado; además de la información referida al histórico de los procesos de l e contratación en los que han participado como evaluadores o como parte de la a a Dependencia Encargada de las Contrataciones, así como la fase correspondiente a su o m x n participación. t o l m o Artículo 2.- Disponer que la implementación progresiva del Registro de f Compradores Públicos del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas a Eficientes (OECE) se realiza en un plazo de ciento ochenta (180) días calendario y se r s encuentra a cargo de la Dirección Técnico Normativa, debiendo informar a la L a Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: O0VZZDW Presidencia Ejecutiva, de manera periódica y a razón de una vez al mes, los avances en la implementación; así como, la culminación de esta en el plazo señalado o en un plazo adicional excepcional de requerirse este. t o Artículo 3.- Disponer que la Dirección Técnica Normativa, a través de la g u d e Subdirección de Desarrollo de Capacidades, gestione la información contenida en el d t Registro de Compradores Públicos del Organismo Especializado para las e o Contrataciones Públicas Eficientes (OECE). d e c r m n Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información, así como e o o i las unidades de organización que sean requeridas, brinden el apoyo técnico y operativo y m necesario para la implementación del Registro de Compradores Públicos del Organismo a d Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE). u o o g a a Artículo 5.- Disponer que las actividades a desarrollar para la implementación e m progresiva del Registro de Compradores Públicos del Organismo Especializado para a n ) e las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) se financian con cargo al presupuesto r n institucional del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes m l s m (OECE), sin irrogan gastos adicionales. p c e o Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital e e s a del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) r e (www.gob.pe/oece), y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado e N (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución f 2 a 2 de Presidencia Ejecutiva en el diario oficial El Peruano. a 9 e L : y h e Regístrese, comuníquese y publíquese. s i / m p s s C r r Firmado por m f p a MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE u o Presidenta Ejecutiva g D PRESIDENCIA EJECUTIVA b g e a w s b s v R i g a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: O0VZZDW