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i D t o r m a e VISTOS: d t e e d c El Informe N° D000212-2025-OECE-ORH, de la Oficina de Recursos Humanos; c r el Memorando N° D001134-2025-OECE-OPPM, de la Oficina de Planeamiento, m n Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000280-2025-OECE-UMOD, de la n o o r Unidad de Modernización; y el Informe N° D000274-2025-OECE-OAJ de la Oficina de l a Asesoría Jurídica; y, a o t d r i CONSIDERANDO: d l e e ( t Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de f e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las m n Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado a m ) a adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho u o público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, d d funcional, económica y financiera; n l e L v y Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un r ° régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades c 7 d 6 públicas del Estado, así como para aquellas ...
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i D t o r m a e VISTOS: d t e e d c El Informe N° D000212-2025-OECE-ORH, de la Oficina de Recursos Humanos; c r el Memorando N° D001134-2025-OECE-OPPM, de la Oficina de Planeamiento, m n Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000280-2025-OECE-UMOD, de la n o o r Unidad de Modernización; y el Informe N° D000274-2025-OECE-OAJ de la Oficina de l a Asesoría Jurídica; y, a o t d r i CONSIDERANDO: d l e e ( t Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de f e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las m n Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado a m ) a adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho u o público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, d d funcional, económica y financiera; n l e L v y Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un r ° régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades c 7 d 6 públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su s , gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas, n e con la finalidad de que las entidades públicas alcancen mayores niveles de eficacia y h d p F eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía a través de un : m mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; a a p y f e Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento m i General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo N° p c r d 040-2014-PCM, dispone que la implementación del régimen del Servicio Civil por parte g s de las entidades públicas se realiza progresivamente, debiendo seguir las siguientes b i etapas: a) Análisis situacional respecto a los recursos humanos y al desarrollo de sus p t / e funciones, b) Propuesta de reorganización respecto a la estructura de recursos e , humanos, y c) Valorización de los puestos de la entidad pública, precisando que las / u etapas del proceso de implementación son desarrolladas mediante Directivas emitidas l e a a por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR; o m x n Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000017-2024-SERVIR- t o l m PE, se formaliza la aprobación de la “Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño o y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y f modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad”, la cual tiene por objetivo establecer a r los criterios técnicos para el diseño y estructura de puestos y posiciones, así como la s metodología y procedimientos necesarios para la elaboración, aprobación, L administración y modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad, en el marco del a proceso de tránsito al régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil (régimen del Servicio Civil), que las entidades públicas tienen que seguir para implementar el citado régimen laboral; Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: GFA21IP Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000198-2025-SERVIR- PE, emitida por la Presidencia Ejecutiva de SERVIR, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 17-2025-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE, y declara iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil de la entidad; Que, el literal v) del artículo 4 de la “Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH i D Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, t o r m administración y modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad” señala que el a e Registro de Contratación Directa es el documento de planificación y gestión para la d t e e incorporación de puestos/cargos y posiciones que serán sujetos de contratación directa d c en tanto se proyecta que sean ocupados por servidores(as) civiles de confianza de la c r entidad pública y/o cumplan con otro de los supuestos dispuestos en el artículo 178 del m n n o Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. Para el caso de o r servidores con la condición de confianza, estos se incluyen indistintamente de su l a régimen laboral o modalidad de contratación; a o t d r i Que, el artículo 23 de la “Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño y d l estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y e e ( t modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad”, establece que para la aprobación f e del primer Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), la entidad pública debe contar con m n una propuesta de la sección correspondiente a los servidores de confianza del registro a m ) a de CD, según lo dispuesto en la directiva sobre la materia. En consecuencia, la entidad u o pública debe elaborar el listado de puestos, bajo el régimen del Servicio Civil, que serán d d ocupados por servidores con la condición de confianza luego de la aprobación de la n l e L propuesta de CPE, así como a aquellos cargos y posiciones que, al momento de v y elaborar el CPE, se encuentran vinculados como Empleados de Confianza, r ° c 7 indistintamente del régimen laboral o modalidad de contratación; d 6 s , Que, el numeral 6.4 del artículo 6 de la precitada Directiva dispone que la Oficina n e h d de Recursos Humanos tiene la responsabilidad, entre otras, de elaborar la propuesta p F de la sección de servidores de confianza del Registro de Contratación Directa y elevarla : m al titular de la entidad pública para la respectiva validación y posterior aprobación, de a a p y ser el caso; y, administrar el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), el registro de f e Contratación Directa y documentación relacionada, una vez aprobado el instrumento de m i gestión; p c r d g s Que, mediante Informe N° D000212-2025-OECE-ORH, la Oficina de Recursos b i Humanos propone y sustenta la aprobación de la sección de servidores de confianza p t / e del Registro de Contratación Directa del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del e , Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), / u señalando que se cumple con los criterios establecidos en la “Directiva N° 002-2024- l e a a SERVIR-GDSRH, Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, o m aprobación, administración y modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad”; así x n como, se cumple con los limites dispuestos en el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley t o l m que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la o función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado f a por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; r s Que, mediante Memorando N° D001134-2025-OECE-OPPM, que adjunta el L a Informe N° D000280-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable para la aprobación de la sección de servidores de confianza del Registro de Contratación Directa del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Organismo Especializado para Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: GFA21IP las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), al verificar que los órganos y unidades orgánicas consignados en el citado documento guardan correspondencia con la estructura orgánica vigente de la entidad; Que, mediante Informe N° D000274-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que es legalmente viable continuar con el trámite para la aprobación de la sección de servidores de confianza del Registro de Contratación Directa del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), por cuanto se encuentra acorde al marco normativo i D aplicable para ello; t o r m a e Que, el numeral 6.3 del artículo 6 de la “Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH d t Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, e e d c administración y modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad”, establece que el c r titular de la entidad pública tiene la responsabilidad, entre otras, de aprobar la sección m n de servidores de confianza del Registro de Contratación Directa, una vez aprobado el n o o r CPE por parte de SERVIR; l a a o t d Que, conforme a lo dispuesto en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del r i Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto d l Supremo N° 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de e e ( t Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad f e administrativa de una entidad pública; m n a m ) a Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Sección Primera u o del ROF del OECE, aprobada mediante Decreto Supremo N° 067-2025-EF, la Gerencia d d General es el órgano de la Alta Dirección y máxima autoridad administrativa de la n l e L entidad, encargada de la conducción y supervisión de la gestión de las unidades de v y organización de administración interna, así como de las actividades vinculadas a los r ° sistemas administrativos a su cargo; c 7 d 6 s , Con las visaciones de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos; del Jefe de la n e Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Jefa de la Unidad de h d p F Modernización; y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; : m a a p y De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 32069, Ley General de f e Contrataciones Públicas; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento m i General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Directiva N° 002-2024- p c r d SERVIR-GDSRH, Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, g s aprobación, administración y modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad, b i formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000017-2024-SERVIR-PE; y lo p t / e dispuesto en el Decreto Supremo N° 067-2025-EF, así como la Resolución N° D000049- e , 2025-OSCE-PRE y Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000088-2025-OECE- / u PRE, que aprueban la Sección Primera y la Sección Segunda del Reglamento de l e a a Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones o m Públicas Eficientes (OECE), respectivamente; x n t o l m SE RESUELVE: o f a Artículo 1.- Aprobar la sección de servidores de confianza del Registro de r Contratación Directa del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Organismo s Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), el que, como Anexo, L a forma parte integrante de la presente Resolución. Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: GFA21IP Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece). Regístrese y comuníquese. n o Firmado por g u d m d n CARMEN MARIA MARROU GARCIA d o Gerente General l e GERENCIA GENERAL o t u ó e c t f y m a a a o o i a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: GFA21IP