Documento regulatorio

Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 089-2025-OECE/PRE

 Derogar la Resolución N° 177-2019-OSCE/PRE. 

Tipo
Resolución de Presidencia Ejecutiva
Fecha
14/12/2025
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

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t o g u d e d t e o VISTOS: d e c r m n El Informe Nº D000145-2025-OECE-ORH y el Informe Nº D000185-2025- e o OECE-ORH de la Oficina de Recursos Humanos; el Memorando Nº D000957-2025- o i y m OECE-OPPM y el Informe Nº D000238-2025-OECE-UMOD de la Oficina de a d Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000237-2025-OECE- u o OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o g a a e m CONSIDERANDO: a n ) e r n Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 4 del Decreto m l Legislativo Nº 1023, Ley que crea la autoridad nacional del Servicio Civil, rectora del s m p c sistema administrativo de gestión de recursos humanos, el Sistema Administrativo de e o Gestión de Recursos Humanos, establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado e e respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, s a r e métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión e N de los recursos humanos; asimismo, está integrado entre otros, por las Oficinas de f 2 Recursos Humanos de las entidades o empresas del Estado...
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t o g u d e d t e o VISTOS: d e c r m n El Informe Nº D000145-2025-OECE-ORH y el Informe Nº D000185-2025- e o OECE-ORH de la Oficina de Recursos Humanos; el Memorando Nº D000957-2025- o i y m OECE-OPPM y el Informe Nº D000238-2025-OECE-UMOD de la Oficina de a d Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000237-2025-OECE- u o OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o g a a e m CONSIDERANDO: a n ) e r n Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 4 del Decreto m l Legislativo Nº 1023, Ley que crea la autoridad nacional del Servicio Civil, rectora del s m p c sistema administrativo de gestión de recursos humanos, el Sistema Administrativo de e o Gestión de Recursos Humanos, establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado e e respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, s a r e métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión e N de los recursos humanos; asimismo, está integrado entre otros, por las Oficinas de f 2 Recursos Humanos de las entidades o empresas del Estado, o las que hagan sus a 2 a 9 veces, que constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos e L humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; : y h e s i Que, mediante Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen / m único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del p s s C Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del r r ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; con la m f finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y p a u o eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio g D Civil; b g e a w s Que, el artículo 129 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del b s Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, dispone que todas v R i g las entidades públicas están obligadas a contar con un único Reglamento Interno de los a m Servidores Civiles – RIS, el cual tiene como finalidad establecer las condiciones en las o e cuales debe desarrollarse el servicio civil en la entidad, señalando los derechos y x t m y obligaciones del servidor civil y la entidad pública, así como las sanciones en caso de l m incumplimiento; d i t Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor r de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076- s 2016-EF, establecía en el literal j) de su artículo 11 como función de la Presidencia L a Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: IEXVBN2 Ejecutiva la de aprobar directivas y documentos de gestión institucional relacionados con los procedimientos y las actividades internas del OSCE y los instrumentos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos que correspondan ser aprobados por el Titular de la entidad; Que, mediante Resolución N° 177-2019-OSCE/PRE, se aprueba el i D t o Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civiles – RIS del Organismo Supervisor de r m las Contrataciones del Estado – OSCE; a e d t e e Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d c Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las c r m n Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado n o adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho o r público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, l a a o funcional, económica y financiera; t d r i Que, mediante Resolución N° D000002-2025-OSCE-PRE se aprueba el d l e e Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo ( t Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE); f e m n a m Que, la aprobación del Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civiles – ) a RIS del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, conforme con u o la Resolución N° 177-2019-OSCE/PRE, se realizó bajo el marco normativo de un d d n l Reglamento de Organización y Funciones que se encuentra derogado a la fecha; e L v y r ° Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General c 7 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014- d 6 PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos s , n e Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa h d de una entidad pública; p F : m a a Que, en el marco de la normativa vigente, mediante Resolución de Gerencia p y General N° D000090-2025-OECE-GG se aprueba el Reglamento Interno de Servidores f e Civiles del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – m i p c OECE, de conformidad con la propuesta formulada y sustentada por la Oficina de r d Recursos Humanos, según Informe Nº D000145-2025-OECE-ORH e Informe Nº g s D000185-2025-OECE-ORH, contando con la opinión técnica y legal favorable de la b i p t Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Asesoría / e Jurídica, conforme con el Memorando Nº D000957-2025-OECE-OPPM que adjunta el e , Informe Nº D000238-2025-OECE-UMOD, y el Informe N° D000237-2025-OECE-OAJ, / u l e respectivamente, precisando dichos informes que corresponde derogar el Reglamento a a Interno de los/as Servidores/as Civiles del Organismo Supervisor de las Contrataciones o m x n del Estado – OSCE, aprobado por Resolución N° 177-2019-OSCE/PRE; t o l m Que, en ese sentido, y atendiendo a las consideraciones precedentes, o f corresponde la emisión del acto resolutivo que derogue la Resolución N° 177-2019- a OSCE/PRE; r s L a Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: IEXVBN2 Con las visaciones de la Gerenta General, de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos; del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento t o General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Directiva Nº 003-2025- g u OECE/GG, Directiva para la gestión de documentos normativos institucionales, d e d t aprobada mediante Resolución de Gerencia General Nº D000053-2025-OECE-GG; y el e o Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo d e c r Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), aprobado por m n Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; e o o i y m SE RESUELVE: a d u o Artículo 1.- Derogar la Resolución N° 177-2019-OSCE/PRE. o g a a e m Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Gerencia General y a n a la Oficina de Recursos Humanos, para su conocimiento y fines correspondientes. ) e r n m l Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la s m p c Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe/oece) y en el Portal de e o Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe). e e s a r e e N f 2 Regístrese y comuníquese. a 2 a 9 e L : y h e s i Firmado por / m MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE p s s C Presidenta Ejecutiva r r PRESIDENCIA EJECUTIVA m f p a u o g D b g e a w s b s v R i g a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: IEXVBN2